Mediantecomunicaci贸n de 30 de noviembre de 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia inform贸 que la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de esa entidad profiri贸 sentencia en el proceso de protecci贸n al consumidor financiero promovido por la accionante en contra de Bancolombia S.A. y Seguros de Vida Suramericana de S.A.
fechade muerte presunta establecida en la sentencia. 2. INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE: Para efectos de este seguro se entiende por Incapacidad Total y Permanente del Asegurado menor de 70 a帽os, la incapacidad estructurada durante la vigencia del presente seguro y calificada m茅dicamente con un grado de invalidez igual o
11ACCION DE TUTELA CONTRA COMPA脩脥A ASEGURADORA-Caso en que el accionante tiene incapacidad total y permanente y la compa帽铆a se niega a cancelar la p贸liza de seguro al Banco por un cr茅dito hipotecario argumentando que hab铆a superado la edad m谩xima de cobertu (S. T-136/13)
1 La copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunci贸n del asegurado. . 2. la copia certificada de las actuaciones del Ministerio P煤blico que tom贸 conocimiento de los hechos del
Fecha 30/11/2023. Tipo Resoluci贸n: Sentencia. Resumen: La cuesti贸n que se plantea consiste en determinar si la solicitud del abono del complemento por maternidad, en el caso del demandante var贸n, respecto de su pensi贸n de incapacidad permanente absoluta, que fue declarada por sentencia firme en 2019 que determin贸 su cuant铆a, en
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sentencia seguro de vida por incapacidad total y permanente colombia